.....Declara: PRIMERO: INADMISIBLE, el presente Recurso de Nulidad, interpuesto por el abogado JULIO CESAR ESPARRAGOZA en representación de los ciudadanos ENRIQUE BOUTTO y BLANCA VELOZ, antes identificados, en contra de la Providencia Administrativa emanada del Registro Nacional de Organizaciones Sindicales de fecha 13/10/2014. SEGUNDO: No hay Condenatoria en Costas, dada la naturaleza del fallo. TERCERO: Se ordena la notificación del PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO MONAGAS.