Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la prescripción de la acción alegada por la parte demandada; y, PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES intentara la ciudadana YRAIMA COROMO IDROGO, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MONAGAS; en consecuencia, se ordena la cancelación de la cantidad de Tres Millones Novecientos Noventa y Ocho Mil Ciento Seis Bolívares con Sesenta y Tres Céntimos (Bs.3.998.106,63)