....DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE el Amparo Cautelar solicitado. SEGUNDO: NIEGA ACORDAR LA MEDIDA PREVENTIVA DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS en contra del acto administrativo de fecha 09 de enero de 2014, emanado de la Inspectoría del Trabajo, contenido en el expediente administrativo Nº 044-2014-01-0036, mediante la cual ordena el reenganche y pago de los salarios caídos del ciudadano JEORGE LUIS ASTUDILLO GUZMAN, antes identificado . Por cuanto no están llenos los extremos de procedencia. Se ordena notificar al parte recurrente de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal. Líbrese Oficio. Cúmplase.