Éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD alegada por la empresa co-demandada PDVSA PETROLEO, S.A.; y LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentaran los ciudadanos MANUEL MIGUEL NAVARRETE RIOJA y JOSE LUIS URBINA BRITO, en contra de la sociedad mercantil TRANSPORTE YELAMO, C.A.