03/05/2006 Por las razones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana YADIRA DEL VALLE MIRANDA MUDARRA en contra de las ciudadanas OMAIRA GARCIA Y LIDIA FERNANDEZ en su condición de Directora de la Escuela de Ciencias Económicas y Sociales y Delegada de Personal, respectivamente de la Universidad de Oriente, Núcleo Monagas, ambas partes identificadas en autos.