Se publicó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante el cual se declara: Parcialmente Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de los demandantes. Se Revoca la sentencia recurrida emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen de fecha 14 de diciembre de 2010. Se declara parcialmente con lugar la demanda que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales, incoaran los ciudadanos ENUL RONDON, LUIS AGUILAR, WILLIAN REYES, YON SOLANO, TOMAS LARA ROMULO CABELLO Y HECTOR GUILLEN contra la empresa CNPC SERVICES VENEZUELA, LTD S. A. Se condena a la empresa demandada al pago del concepto de fideicomiso que en derecho le corresponde a cada uno de los demandantes ya identificados, más debe reintegrar las cantidades deducidas del monto total de las prestaciones sociales a cada uno de los demandantes, indicadas en la parte motiva, que suman la cantidad total de Bs. 37.240,80