Se publicó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declara SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por la parte accionada contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo. CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano Cecilio Díaz Padrón contra la sociedad mercantil ORIENTE CONSULTORES ORICONSUL, C.A.; y en consecuencia se le ordena a la sociedad mercantil mencionada, dar inmediato cumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 00256- 10, de fecha 29 de julio de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, en todas y cada una de sus partes; advirtiéndosele que el presente mandamiento de amparo constitucional debe ser acatado, so pena de incurrir en desacato, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.