Declara: PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo y el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo ambos de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. SEGUNDO: Que la COMPETENCIA para conocer y decidir la querella incoada por la ciudadana EVELYN GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad número 6.921.950, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS, es el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. TERCERO: Se ORDENA remitir las presentes actuaciones al referido juzgado, a los fines legales consiguientes.