declara: PRIMERO: Sin Lugar, la inhibición formulada por la abogada Mayuris Elena González, Jueza del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. SEGUNDO: Se ordena la remisión inmediata del presente asunto al referido juzgado para que reanude el asunto principal, por no existir ningún recurso contra estas decisiones de conformidad con el artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.