Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante el cual se declara: PRIMERO: Con Lugar el Recurso de apelación intentado por la parte demandada recurrente. SEGUNDO: Se Revoca Parcialmente el auto de fecha 30 de septiembre de 2011, en lo que respecta a la Inspección Judicial antes descrita. TERCERO: Se ordena al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, admitir la prueba de inspección judicial, en el juicio que por cobro de diferencias de prestaciones sociales incoaran el ciudadano PEDRO JOSE GARCIA MARCANO contra la empresa WEATHERFORD LATIN AMERICA, S. A., ya identificados. Particípese de la presente decisión al Tribunal a quo. Líbrese oficio.