Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual declara: Primero: Sin lugar el presente recurso. Segundo: se confirma el auto apelado proferido en Primera Instancia, auto este de fecha 02 de mayo de 2011, dictado por el Juzgado Sexto de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en juicio de Cobro de Prestaciones sociales y Otros Conceptos, que sigue el ciudadano Franco Parejo, contra las empresa RECTIFICADORA TIUNA C. A. Y RECTIFICADORA CORNELIO, C.A., ya identificados. Tercero: Se ordena la continuidad del presente asunto en el estado o fase en el cual se encuentre en los actuales momentos. En consecuencia, queda confirmado el auto recurrido.declara.-