Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declara: PRIMERO: Con Lugar el Recurso de apelación intentado por la parte demandada recurrente. SEGUNDO: Se Revoca Parcialmente el auto de fecha 06 de julio de 2011, por en lo que respecta a la Inspección Judicial, en cuanto al particular 23. TERCERO: Se ordena al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, a que admita dicho particular excluido, del auto de admisión de pruebas, dictado, en juicio que por cobro de diferencias de prestaciones sociales incoaran los ciudadanos JHONKLIN ROA, LUIS SANDOVAL, EUCLIDES MEJÍAS, YIFRE MANTILLA, WILFREDO PÉREZ, DANY URDANETA y MARCO FONSECA contra la empresa EXTERRAN VENEZUELA, C. A. ya identificados.