Se publicó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declara: PRIMERO: Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente; SEGUNDO: se Revoca la sentencia recurrida, de fecha 15 de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. TERCERO: Parcialmente con Lugar la demanda, en consecuencia se ordena a las empresas a cancelar la cantidad de Ocho Mil Cuatrocientos Dieciséis Bolívares con Noventa y Cuatro Céntimos (Bs. 8.416,94).