Se publicó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declara: Con Lugar el Recurso de apelación intentado por los demandantes recurrentes. Se Revoca la decisión recurrida publicada en fecha 07 de febrero de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en juicio de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por los ciudadanos Maikoll Borja, José Bastardo y Carlos Daza contra la empresa Environmental Solutions de Venezuela, C. A. (ESVENCA). Se ordena a la empresa a cancelar, al ciudadano José Vicente Bastardo la cantidad de Bs. 1.404,75, y al ciudadano Carlos Daza, la cantidad Bs. 9.192,92, para un total de Bs. 10.597,67, más lo que pudiera corresponder por concepto de la TEA a los codemandantes, en los términos ya expresados, en la parte motiva. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.