DISPOSITIVA:
En base a todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control de la Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA : UNICO: LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano: IDENTIDAD OMITIDA. por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA Y LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 458 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal y artículo 415 ambos, en perjuicio del ciudadano Balmore Cordero, en virtud de en virtud de haberse vulnerado el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, para que procede la aplicación de una medida de detención para asegurar la comparecencia a la audiencia preliminar sin menoscabo de q.....