Este Tribunal a fin de garantizarle debido proceso y los derechos procesales del joven imputado quien tiene derecho a ser individualizado en la pretensión fiscal para poder optar a cualquiera de ellas formulas de solución anticipada que le ofrece la Ley y a una mejor defensa, considera que lo mas idóneo es ordena al Ministerio Publico la corrección del vicio formal observado en la acusación para la cual se inicio la Audiencia Preliminar en este día de conformidad, con 578 literal B de la Ley Orgánica para la Responsabilidad Penal del Niño y del Adolescente, en este caso el Tribunal remitirá las actuaciones en este mismo día a fin de que se hagan las correcciones necesarias y fijará la próxima Audiencia para el MARTES 08/08/06 A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; a fin de que se pueda continuar con la misma una vez subsanado lo antes expuestos; quedan todos notificados de la presente Audiencia interrumpida; hasta que sea corregido el vicio de la Acusación; se Ordena la remisión de las presentes .....