Este Tribunal Primero de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial penal del Estado Monagas, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley en virtud del uso de la figura de admisión de los hechos por parte del adolescente IDENTIDAD OMITIDA; lo condena a cumplir la sanción de DOS (02) AÑOS BAJO LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, de conformidad a lo previsto en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el 83 del Código Penal, en perjuicio de las victimas YOLIMAR JOSE GONZALEZ y LUIS CARLOS COVA VILLANUEVA. SEGUNDO: Cesa toda medida cautelar que pesara en contra del acusado de autos y permanecerán PRIVADOS DE LIBERTAD en las instalaciones de la Entidad Socio Educativa General José Francisco Bermúdez. TERCERO: Le Corresponde al Tribunal de Ejecución Sección Adole.....