En base a todo lo antes expuesto, este tribunal de Ejecución Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se concluye el procedimiento penal, seguido en contra de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, de 11 años de edad (para el momento de los hechos), natural de Barranca del Orinoco, Municipio Sotillo, Estado Monagas, estado civil soltera, hija de AMARILIS DEL VALLE RODRIGUEZ (V) y de LUIS EDURADO GUZMAN GONZALEZ, residenciada en las Brisas del Orinoco, calle principal, casa sin numero, Barracas del Orinoco, Municipio Sotillo, Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el articulo 532 y 683-A la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se decreta el Sobreseimiento Definitivo de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 2° tercer supuesto del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el articulo 302 Ejusdem, en concordancia con los a.....