Es por todo lo expuesto que este Tribunal Segundo de Primera instancia en Función de Control de la Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley ACUERDA: ACUMULAR la causa NP01-D-2011-000155 seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con los artículos 70, 71 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal Por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente a la presente causa, de igual forma se ratifica la fecha de la Audiencia preliminar pautada para el 06-06-11 a las 2:00 horas de la tarde en el asunto NP01-D-2011-000157. Se deja constancia que quedará vigente el presente asunto, se acuerda cerrar la pieza correspondiente al asunto NP01-D-2011-00157, a los fines de continuar agregado las actuaciones en el asunto vigente. Notifíquese a las partes. Líbrese boletas de.....