En base a todo lo antes expuesto, con la finalidad de reestablecer el procedimiento, los derechos y garantías de los adolescentes y mas aún el debido proceso, este Tribunal Segundo de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA La LIBERTAD INMEDIATA, del adolescente IDENTIDAD OMITIDA ART 65 LOPNNA, quien se encuentra incurso en la presente causa por la presunta comisión del delito OCULTAMIENTO ILICITO CON FINES DE DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículos 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, por cuanto transcurrió el lapso legal para realizar tal presentación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En Consecuencia se Or.....