Este Tribunal Segundo en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial penal del Estado Monagas, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en virtud del uso de la figura de admisión de los hechos por parte del acusado, CONDENA CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISION DE LOS HECHOS, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cedula de identidad V-26.786.268, quien es Venezolano, de 17 años de edad, natural de Maturín, Estado Monagas, nacido en fecha 06/01/1999, de estado civil soltero, hijo de: Argenis Licett (v) y de Rosa Salazar (v), estudio hasta primer año, con domicilio: Santa Elena de las Piñas, sector 2, casa numero 9, cerca del PDVAL, Maturín Estado Monagas. Teléfono. (0426-895-65-96 Madre); por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CARLOS ABELARDO MA.....