PRIMERO: ADMITE el RECURSO DE NULIDAD que fuera interpuesto por la ciudadana CHEILY CHERCIA SÁNCHEZ, abogada en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 120.583, en su condición de apoderada judicial de la Entidad de Trabajo EMPRESA WEATHERFORD LATIN AMÉRICA, S.A,. Contra de los autos dictados en fecha 01, 03 y 04 de septiembre de 2014, por la Inspectoría del Trabajo del estado Monagas, contenido en el expediente administrativo signado con el N° 044-2014-01-0963, mediante el cual declara; desistido el procedimiento de Autorización para despedir al ciudadano HILDEBRAY JOSE CAMPOS, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 15.813.987. Incoado por la Entidad de Trabajo EMPRESA WEATHERFORD LATIN AMÉRICA, S.A,
SEGUNDO: Se ordena notificar a la ciudadana PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, la cual se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.....