Por todo lo anteriormente expuesto, es por lo que ésta Juzgadora pasa a verificar el cumplimiento de dichos requisitos en el escrito transaccional presentado:
La transacción in comento, cumple con los requisitos legales del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo para que produzca los efectos legales correspondientes, ya que se observa que el actor la suscribió personalmente estando asistido de su apoderado judicial, y el apoderado judicial de la demandada por su parte esta facultado para suscribir la misma según se desprende de documento poder que riela a los folios 19 al 26 del presente expediente; por lo que éstos haciendo uso de los medios alternos de resolución de conflictos tal como lo permite nuestra Constitución, celebraron el acuerdo transaccional que aquí se analiza, y donde constan las concesiones recíprocas acordadas entre ellos; así mismo, consta que la empresa le entrega al trabajador como acuerdo transaccional la cantidad de DIEZ MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO B.....