PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente acción de aparo constitucional. SEGUNDO: Declina la Competencia en los Juzgados Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y, en consecuencia ordena la remisión del expediente a la Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la circunscripción judicial del estado Monagas, a los fines de que conozca de la presente Acción de Amparo Constitucional.