declara: PRIMERO: PROCEDENTE, La suspensión -mientras dure la tramitación del presente juicio- de los efectos de la providencia administrativa N° 00125-2012, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, en fecha 14 de septiembre de 2012, contenida en el expediente administrativo N° 044-2012-01-00484, mediante la cual declara PROCEDENTE la denuncia interpuesta por el ciudadano ENNIO BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.392.820, y ordenan el reenganche y restitución de la situación jurídica infringida, con el consecuente pago de los salarios caídos y todos los beneficios laborales dejados de percibir, medida ésta solicitada en el recurso de nulidad interpuesto LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA LOFLEN 3215 RL.. Así se decide. TERCERO: ORDENA notificar de la presente decisión a la Inspectoría del Trabajo del estado Monagas y a la Procuraduría General de la Republica sobre el Amparo Constitucional acordado por este Tribunal.