PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Ciudadana MARITZA DE JESUS MENESES MAYO. SEGUNDO: REVOCA el Auto de Admisión de la demanda de fecha 03 de febrero de 2014 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas; TERCERO: ANULA todas las actuaciones procesales subsiguientes incluyendo la Medida de Suspensión de Efectos del Acto Administrativo acordadas; y CUARTO: declara INADMISIBLE la Demanda de Nulidad de Acto Administrativo