PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por la representación judicial de la parte demandante; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación de la parte demandada. TERCERO: se MODIFICA la sentencia recurrida. CUARTO: se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, condenando a la empresa TRANSPORTE SERCONYAQUE, C.A. a pagar al Ciudadano JOSÉ LUIS MOLINA BRITO al pago de la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVARES CON NUEVE CENTIMOS (Bs.1.499.778,09), correspondiente a la diferencia de Prestaciones Sociales de los conceptos establecidos en la motiva de la sentencia recurrida, la cual se ratifica y tiene por reproducida en la presente decisión, más lo que resulte de las experticias complementarias ordenadas, y la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTICINCO BOLÍVARES EXACTOS (Bs.486.125,00), por concepto de Bono de Alimentación calculados al valor actual de la Unidad Tributaria.