En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la incidencia de inhibición planteada por la ciudadana Abg. Eumelys Figuera de Gil, actuando en su carácter de Juez Primero (suplente) de Primera Instancia en Función de Control de la Sección Penal de Adolescentes de este Circuito Judicial de conocer el proceso penal registrado bajo el Nº NP01-P-2009-000230, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Ordena REMITIR el presente cuaderno de incidencia al tribunal en el cual se desempeña actualmente la juez inhibida, con la finalidad que tome debida nota de lo decidido mediante la presente resolució.....