DISPOSITIVA
En mérito de los hechos y del Derecho alegado por las partes, así como las pruebas promovidas, e incorporadas al Proceso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y con fundamento en la causal segundo del artículo 185 del Código Civil, Declara: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO incoado por la ciudadana MARIA EUGENIA MERCHAN contra el ciudadano CARLOS ANTONIO GONZALEZ VASQUEZ. En consecuencia, de haberse declarado CON LUGAR la demanda, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unió.