DISPOSITIVA
Analizados los fundamentos de Derecho antes esgrimidos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Medida Provisional de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un bien Inmueble, destinado a vivienda, distinguido con el número 76, situado en la urbanización JARDINES II, del Conjunto Residencial Palma Real, Parroquia Boquerón, del Municipio Maturín del Estado Monagas, el cual tiene una superficie aproximada de SESENTA METROS CUADRADOS (60,00 mts2) de construcción, y un terreno de aproximadamente CIENTO CUATRO METROS CUADRADOS CON TRECE CENTIMETROS (104,13 mts2), y consta de las siguientes dependencias: Cocina-Comedor-Sala, Dos (02) baños, dos (02) habitaciones (dormitorios)=, patio trasero, y un puesto de estacionamiento en la parte frontal .....