éste Juzgado primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, Audiencias y Medidas en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cumplimiento del régimen de prueba por suspensión condicional del proceso, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a lo dispuesto en el artículo 48 numeral 7 ejusdem, en la causa seguida al ciudadano VICTOR JOSE PIÑANGO ORTIZ, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 02-06-79, Natural de Maturín Estado Monagas, hijo de Carmen Auristela Ortiz Oliveros (V) y de Víctor Manuel Piñango Velásquez (V), Titular de la Cédula de Identidad N° 14.339.538, de 28 años de edad, profesión u.....