Este Tribunal mediante auto se acuerda oficiar al Director de la Policía del Estado en atención al personal que labora en el retén de ese Cuerpo Policial, para que se le permita el suministro de los Analgésicos al Ciudadano Privado de libertad, y se notifique a este órgano las respectivas citas médicas que el ciudadano pueda tener. Todo de conformidad con lo que establece el artículo 43 y 84 de la Constitución de la República Bolivariana, y este Juzgado siendo garantista de los derechos Humanos Fundamentales de los Privados de Libertad refiere si el Ciudadano JESUS DELVALLE NARAVEZ, titular de la cédula de identidad Nº.- V 17.113.361, requiere tratamiento médico la debida asistencia, este Juzgado se lo garantizará.