este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en función de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta: PRIMERO: Se declara con lugar la aprehensión en flagrancia del ciudadano JOSÉ GREGORIO VELIZ DÍAZ, venezolano, natural de San Antonio de Capayacuar estado Monagas, de 32 años de edad, por haber nacido en fecha 30/03/1980, titular de la cédula de identidad N° V-14.338.254, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, grado de instrucción Quinto Grado de Educación Básica, hijo de Rosalba Díaz (v) y de Ramón Veliz (v), residenciado en: El Silencio de Campo Alegre, calle Los Cocos, vía La Pica, casa N° 01, al frente del Club "Il Carreto", Maturín Estado Monagas. Teléfono: no posee; conforme a lo establecido en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 93 por cuanto el im.....