Se decretó el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano ÁNGEL FRANCISCO SALDIVIA MILLÁN, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, en agravio de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA, conforme a lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 49 numeral 7 y 300 ordinal 3 ejusdem.-