Se fundamentó decisión mediante la cual se acordó mantener la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano LUÍS ALBERTO GUZMÁN, por ser presunto autor de la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUA y ROBO AGRAVADO, en perjuicio de la ciudadana (se omite identidad), en virtud de que se encuentran satisfechos los extremos del artículo 236 numerales 1, 2 y 3, 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero, ¡todos del Código Orgánico Procesal Penal.-