Auto mediante el cual se fundamenta la aprehension en flagrancia del ciudadano LORENZO ANTONIO MARIN, Se decreta MEDIDA CAUTELAR, de conformidad con el artículo 95 ordinal 1° de la ley Especial que rige la materia, quedando sujeto a los llamados del Tribunal, asimismo se acuerda remitir al imputado de autos por ante el Equipo Interdisciplinario de estos Tribunales Especializado a los fines de ser incorporado a los programas de la NO VIOLENCIA contra la Mujer con la finalidad de Alcanzar el propósito de la Ley, otorgándose arresto transitorio al imputado de autos por el lapso de (48) horas a partir de las 12:00 horas de la tarde del día de hoy hasta el 19 de Abril de 2016 a las 12:00 horas de la tarde, el cual deberá cumplir dicha medida en la estación Policial la Morrocoya, dependencia de la Dirección General de la Policía Socialista del Estado Monagas,.