este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencias y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano PEDRO JOEL MARÍN, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-14.253.455, de 32 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, nacido en fecha 21/10/1980, natural de Maturín Estado Monagas, residenciado en la Calle Cumaná, Casa Nº 81, Sector Centro, Maturín Estado Monagas. Teléfono: 0416-189.05.39, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica del Derecho a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, con las agravantes establecidas en el artículo 77 numerales 2, 5 y 8 del Código Penal venezolano, y la agr.....