Auto fundamentado mediante el cual De conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal, se ordena la apertura del juicio Oral y Público, en contra del ciudadano CESAR ANTONIO GONZALEZ GUEVARA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.037.353, por la presunta comisión del delito ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en el artículo 44 encabezamiento, ordinales 1 y 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de una ADOLESCENTE DE (15) AÑOS CUYA IDENTIFICACION SE OMITE POR RAZONES DE LEY. Admitiendo así, la acusación fiscal.-