Se decretó el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano ACUÑA GOMEZ JESUS FRANCISCO, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.-