este Juzgado Segundo de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cumplimiento del régimen de prueba por suspensión condicional del proceso, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano CILVINO DEL CARMEN BALLERA, venezolano, nacido en Caripito Estado Monagas, de 55 años de edad, estado civil soltero, hijo de María Ballera (v) y Pedro Olivier (f), de profesión u oficio Agricultor, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.445.579, teléfono: 0416/180.17.14, domiciliado en el Sector La Manga, Ciudad de las Mujeres, casa S/N, entrando a la Panadería de Mario, segunda casa, Caripito Estado Monagas, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, tipificado.....