DECLARA CON LUGAR LA PETICION efectuada por la Fiscal del Ministerio Publico REVOCA así la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesaba sobre el acusado REINALDO JOSE MEJIAS NATERA, SUSTITUYENDOLA por las Medida Cautelares Sustitutivas Previstas en los numerales 3° del articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, referentes a: ORDINAL 3°: La obligación para los imputados de autos de presentarse periódicamente, ante el Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Especializado, cada Treinta (30) días, a partir del día siguiente en que se concrete su libertad. Articulo 90 ordinal 6° de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consistentes en: ORDINAL 6.-Prohibir al presunto agresor, por si mismo o por terceras personas, realizar actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia. Se ordena oficiar al Director de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas s.....