Visto el oficio Nº CA-MON-564-16, emanado de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, este Tribunal acuerda la inmediata remisión del presente Asunto Penal a la Coordinación del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, a los fines de que sea asignado un Juez o Jueza Accidental, para que continúe el curso de Ley Correspondiente. Todo de Conformidad con lo establecido en el artículo 26, 49 del Texto Constitucional en concordancia con lo estatuido en el artículo 109 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Regístrese y publíquese.