AUTO DE FIRMEZA Firme como ha quedado la sentencia condenatoria emanada de este Tribunal, según consta en el folio doscientos veintinueve (229) de la pieza del Cuaderno de apelación, donde se evidencia el cómputo arrojado por la Corte del Circuito Judicial penal de la Circunscripción del estado monagas, se acuerda su inmediata remisión al Tribunal de Ejecución Especializado de Violencia Contra la Mujer del Estado Monagas, Todo de conformidad con lo que establece el artículo 26 del Texto Constitucional, Líbrese lo conducente.-