Estima este Tribunal que en todas y cada una de sus actuaciones han sido garantista, en una igual real y efectiva entre las partes, No obstante; estima procedente la presencia del Ciudadano Especialista por lo que se acuerda su citación para que esté presente en la Audiencia Especial Fijada, en una Justicia Expedita, Idónea, Transparente, en aras de garantizar la Tutela Judicial Efectiva tal como lo contempla el artículo 26 del Texto Constitucional. Líbrese lo conducente.-