Con fundamento en los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: CONSUMADA DE PLENO DERECHO LA PERENCIÓN; y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la presente Querella Funcionarial (Nulidad de Acto Administrativo), incoada por el ciudadano LEONARDO RAFAEL DIAZ PEAGUDO, titular de la cédula de identidad Nº V-24.501.658, contra el INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO DE BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS).
Publíquese y Regístrese. Notifíquese al PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. No se ordena la notificación de la parte actora conforme al criterio establecido en sentencia emanada de la Sala Constitucional Nº 1466 de fecha 5 de agosto de 2004.
Dado,.....