Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE por haber operado la caducidad de la acción en la presente QUERELLA FUNCIONARIAL (Nulidad de Acto Administrativo), interpuesta por la ciudadana ZULAY JOSEFINA BELMONTE RINCONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 10.302.770, asistida por el abogado Edilberto Natera, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 47.548, actuando en su nombre y representación, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS.
Publíquese y Notifíquese al Sindico Procurador Municipal del Municipio Maturín del estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Dada, fi.....