III
DISPOSITIVO
En torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU INCOMPETENCIA en razón de la materia, para conocer, tramitar y decidir la presente demanda de NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES interpuesta por el ciudadano PERCI JOSE ROMANO RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.934.452, con domicilio en el estado Nueva Esparta, debidamente asistido por el abogado en ejercicio EDUARDO JIMENEZ MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.934.452, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 45.785, en contra del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, contra el acto administrativo, de fecha 26 de febrero de 2.014, ces.....