V
DECISIÓN
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el presente Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por el abogado Juan José pino Paredes, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 25.407, en su carácter de apoderado judicial de la Caja de Ahorro y Préstamo del Personal Académico de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (Capaupel-Ipmat), contra el acta de fecha 29 de noviembre de 2005, emanada de la Inspectoría del Trabajo del estado Monagas, por ser nula de conformidad con lo preceptuado en el artículo 19 numeral 4 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. SEGUNDO: se declara la NULIDAD ABSOLUTA del acta de fecha 29 de noviembre de 2005 emanada de .....