En razón de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con competencia en el estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la conciliación realizada en el presente Recurso de Abstención o Carencia, interpuesto por la ciudadana YRAIDA REGINA MÁRQUEZ DE ARISMENDI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.622.200, debidamente representada por los abogados en ejercicio Emily Delgado, Eduardo Oviedo y Humberto José Bucarito, inscritos en el IPSA bajo los Nos. 195.246, 92.851 y 92.843, respectivamente, contra el CONSEJO LEGISLATIVO SOCIALISTA DEL ESTADO MONAGAS.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese a las partes, así como al Procurador General del Estado Monagas, de conformidad con el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Repúblic.....