Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública por haber operado la caducidad de la acción, en la presente Querella Funcionarial, interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS FERMIN, titular de la cédula de identidad N° V- 11.209.122, asistido por el abogado Luís Manuel Díaz Noguera, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 201.019, en su carácter de apoderado judicial, contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO URACOA DEL ESTADO MONAGAS.-
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia .....